– Línea 1, fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo.
– Línea 2, consolidación empresarial del trabajo autónomo.
– Línea 3, creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo.
Se pretende fomentar la creación de empresas de trabajo autónomo, su consolidación y promoción. Toda persona que quiera acceder a esta ayuda debe cumplir los siguientes requisitos:
– Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente al momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
– Que en los dos años anteriores a la fecha del alta como autonómo no hayan estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente.
Tendrán preferencia para la concesión de estas ayudas todo aquel que pertenezca al colectivo con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, como son las mujeres, los hombres menores de 30 años y mayores de 45 años, mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, personas desempleadas de muy larga duración y personas en riesgo o situación de exclusión social.
Para el fomento de las iniciativas emprendedoras, todo aquel que quiera acceder a esta ayuda, debe estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en el caso de ayudas al establecimiento de la iniciativas emprendedoras, encontrarse inscrito como demandante de empleo, no ocupado, en el Servicio Andaluz de Empleo. En ambos casos deben disponer de un Plan de Viabilidad de la actividad proyectada que se aportará junto con la solicitud de la ayuda.
La cuantía de las ayudas van desde los 2.000.-€ a los 3.500.-€ para el fomento de la iniciativa emprendedora, y desde los 8.000.-€ a los 9.500.-€ en el caso de las ayudas al establecimiento de las iniciativas emprendedoras.
La concesión de estas ayudas lleva como obligación mantener de forma ininterrumpida su condición de persona trabajadora autónomo o mutualista y desarrollar la misma actividad durante al menos 12 meses desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes en el caso de acceder a la primera y de 36 meses en el caso de la segunda.
Plazos para presentar solicitudes:
Para la Línea 1 el plazo finaliza el 22 de enero de 2017
Para las Líneas 2 y 3 el plazo finaliza el 5 de enero de 2017.
Normativa reguladora:
I. Bases reguladoras.pdf
II. correccion errores bases.pdf
III. Convocatoria de subvenciones.pdf
IV. Extracto de la resolucin de la convocatoria.pdf
María Luisa Márquez para Barrera Abogados.