LA DIRECCION GENERAL DE TRAFICO PUBLICA UNA NUEVA INSTRUCCION SOBRE LOS VEHICULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
Cada vez se ven en las ciudades más vehículos de movilidad personal (VMP), por lo que, a falta de una regulación completa y detallada de los mismos y de su circulación en la normativa de circulación española y europea, la Dirección General de Tráfico ha publicado una instrucción que fija una serie de criterios dirigidos a los usuarios, ayuntamientos y agentes de la autoridad.
Los VMP se definen como los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Los diseñados para circular por debajo de una velocidad de 6 Km/h se consideran juguetes, y los que puedan desarrollar más de 25 Km/h son vehículos sometidos al reglamento General de vehículos.
La DGT aclara que los VMP se consideran vehículos de cara a la aplicación de la normativa de tráfico y que quienes los manejan tienen la condición de conductores , por lo que se les aplican todas las normas y prohibiciones contemplados en la normativa de circulación.
Los VMP no necesitan de autorización administrativa para circular y tampoco están sometidos a la obligación de aseguramiento.
La DGT advierte en la instrucción que se están comercializando vehículos como VMP que no pueden considerarse como tales, y que, por el contrario, deben considerarse vehículos a motor, y por eso les es exigible autorización administrativa para circular y aseguramiento obligatorio. Como ejemplo se citan los llamados patinetes con asiento o sillín.
Los usuarios de los VMP, en su condición de conductores, deben respetar las normas de circulación y su infracción puede ser sancionada, en algunos casos con multas graves.
Las sanciones que pueden imponerse a los conductores de estos vehículos pueden ser las siguientes:
1.- Negativa a someterse a pruebas de detección de consumo de alcohol o drogas: Multa de 500 a 1.000 €
2.- Conducir bajo los efectos del consumo de alcohol o drogas: Multa de 500 o 1.000€.
3.- Conducir haciendo uso de teléfono móvil: Multa de 200 €
4.- Circular dos o más personas en un VMP: Multa de 100 €.
5.- Circular haciendo uso de auriculares: Multa de 200 €.
6.- Circulación nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes: Multa de 200 €.
Si las infracciones son cometidas por menores de edad, responderán solidariamente con ellos de la multa impuesta sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho.
Puede consultar la instrucción de la DGT en este ENLACE
Antonio Barrera